| JORNADA REACH EN PIMEM |
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El pasado 17 de junio se celebró en el Centre de Formació de PIMEM una jornada sobre la Normativa REACH. Los ponentes, desplazados desde Madrid, pertenecían al Centro de Referencia REACH, servicio nacional de asistencia técnica creado por iniciativa del Ministerio de Medio Ambiente. Ofrecieron asesoramiento a los fabricantes, importadores, usuarios intermedios y otras partes interesadas sobre las responsabilidades y obligaciones que se derivan para cada uno de ellos del presente Reglamento, y facilitar su desarrollo e implementación.
A la misma acudieron más de una docena de empresarios del sector químico de toda Mallorca, afectados por esta normativa. El REACH (Reglamento 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo) relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos, fue aprobado el 18 de diciembre de 2006 y entró en vigor el 1 de junio de 2007. El REACH afecta a todas las sustancias químicas fabricadas o importadas en la UE, en cantidades anuales iguales o superiores a una tonelada, aunque como todas las normativas tiene sus excepciones. Según el mismo, corresponde a los fabricantes, importadores y usuarios intermedios garantizar que sólo fabrican, comercializan o usan sustancias (como tal, en mezclas o contenidas en artículos), que no afectan negativamente a la salud humana o el medio ambiente. Para ello, introduce la obligación de efectuar un registro de todas las sustancias químicas que se comercializan dentro del territorio de la Unión Europea. Desde su entrada en vigor, no se podrá comercializar ninguna sustancia que no se encuentre registrada. Esto obligará a las empresas a evaluar los riesgos de 30.000 productos, cuyos efectos sobre la salud y el medio ambiente se desconocen. Las industrias tendrán que demostrar que las sustancias que fabrican no son peligrosas para poder comercializarlas. En contrapartida, puede proporcionar incentivos a la industria para innovar en busca de sustancias sustitutivas que puedan reemplazar a otras menos peligrosas. El cumplimiento del reglamento comprende los siguientes procesos:
El registro obligatorio se inició el 1 de junio de 2008 para las sustancias fuera de la fase transitoria (sustancias que no han sido comercializadas en la Unión Europea previamente al Reglamento REACH) deben registrarse antes de fabricarse, comercializarse o usarse, a partir del 1 de junio de 2008. Las sustancias en fase transitoria (sustancias que ya están comercializadas en el mercado europeo), deben prerregistrarse (entre el 1 de junio y el 1 de diciembre de 2008) y disponen de plazos más amplios para el registro dependiendo de las cantidades de que se trate, entre noviembre de 2010 y mayo de 2018 Para gestionar los aspectos técnicos, científicos y administrativos y coordinar todo el sistema, se ha establecido en Helsinki la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA). Se puede encontrar más información en el sitio web siguiente: http://echa.europa.eu El Centro de Referencia REACH ha instaurado el PIR (Portal de Información REACH)., con el objetivo de dar apoyo a las empresas y en particular a las PYMEs, ofreciendo información gratuita, documentación y asesoramiento sobre el REACH. Se puede encontrar más información en el sitio web siguiente: http://portalreach.info |
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| Modificado el ( lunes, 29 de junio de 2009 ) |
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